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Jurisprudencia:

Jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia

SENTENCIA 7262/2008, DE 3 DE OCTUBRE, DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE BARCELONA
ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 3 de Agosto de 2007 tuvo entrada en el Juzgado Decano de lo Social demanda sobre Despido disciplinario, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de Noviembre de 2007 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimo la demanda presentada por Dª. Yolanda., frente a la empresa NISSAN MOTOR IBÉRICA, S.A., y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y declaro nulo el despido realizado por la empresa demandada en fecha 27-07-07 y condeno a la misma a la readmisión de la demandante en las mismas condiciones que regían antes del despido y al abono de los salarios dejados de percibir hasta que la readmisión tenga lugar, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL."

SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora Dª. Yolanda., mayor de edad, con DNI nº...., ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada con antigüedad desde el 21-06-04, categoría profesional del Operaría y salario de 78,33 euros diarios brutos, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO.- La empresa remitió a la actora carta de fecha 27-07-07 del siguiente tenor literal: