Legislación:

Normativa Autonómica:

DECRETO 236/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Internacional de Andalucía1. Art. 69.a) y art. 72.b).
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Artículo 69. Funciones de la Comisión de Extensión Universitaria. A la Comisión de Extensión Universitaria le corresponden las funciones de asesoramiento e informe sobre las siguientes materias: a) La planificación de la programación de las actividades de Extensión Universitaria, adoptando las medidas necesarias para incluir enseñanzas en materia de género en los planes de estudio siempre que proceda y fomentando la inclusión de estudios en materia de violencia de género, especialmente en las especialidades académicas relacionadas con la enseñanza y los medios de comunicación.


Artículo 72. Funciones de la Comisión de Postgrado. Las competencias de la Comisión de Postgrado son: b) Analizar y, en su caso, proponer al Consejo de Gobierno, la propuesta de programación de estudios de postgrado y de doctorado adoptando las medidas necesarias para incluir enseñanzas en materia de género en los planes de estudio siempre que proceda y fomentando la inclusión de estudios en materia de violencia de género, especialmente en las especialidades académicas relacionadas con la enseñanza y los medios de comunicación.



1BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011.